domingo, 27 de noviembre de 2011

ESTE ES EL MEJOR VIDEO DEL TERREMOTO EN CHILE.mpg

TREN FEPASA ENTRE MONTENEGRO Y LLAY-LLAY.


No pueden perderse este ciaje en un tren de carga que se va a pasar tres túneles entre una empinada Cuesta del Tabón y la de Las Chilcas.

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sábado, 26 de noviembre de 2011

Tunel Las Raices Lonquimay

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martes, 22 de noviembre de 2011

LA BASE ROGELIA SE MUERE DE ENVÍDIA 2011 (PARTE 1).

El Estudiantazo no va a parar en esta copia felíz del Edén, así como se ve. Lo digo porque mientras la inmensa mayoría de los chilenurris están de acuerdo con sus demandas, esa misma gran mayoría está dandose cuenta de que los políticos se tapan la cara cuando se sienten urgidos por el tema.
La Cami Vallejo, ha sido la figura consular de este Movimiento, pues mientras los que creemos en la democracia y en la defensa de los derechos humanos, nos hemos dado el tiempo de escucharla y seguirla, los fachos de mierda se escudan en la Radio Santiago para criticarla sin base ni fundamento plausible. Gerardo Ayala, ha sido el líder de la sedición fascista en esa radio, hecho que le valió un ataque frontal de la comunacha radio Nuevo Mundo..., y de este Purkuyenino, que lo destroxó por defender al asesino de Labbé y, por defender a ultranza la represión policial, hechos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos condenó totalmente, para pasar ya a la Corte con asiento en San José de Costa Rica, lugar donde los juristas SANCIONARÁN al Estado chileno con la DEROGACIÓN tanto de la Ley Antiterrorista, como del Decreto 1086 sobre Derecho de Reunión, y posíblemente, la llamada "Ley Antitomas" del judío mal nacido de Hinzpeter. Se condenará asimismo al Estado chileno, a DEROGAR la Ley de Carabineros, a dar de baja a todas la Fuerzas Especiales (con su jefe incluído) y, a DESTITUIR a Hinzpeter, Ubilla y Chadwick. Chile, además, recibirá un duro castigo político y económico.
Pero la sorpresa se instaló en la FECH, donde la competencia está que arde, con diez listas a saber:

MESA DIRECTIVA:

La Lista A se llama "República Independiente, Autárquica y Anárquica de La Cochina Toma de Casa Central UChile 2011", un grupete de troskos angustiados que han dejado la Casandra Central más cochina que alcantarillado de guarenes, pero que en política no le han visto el ojo a la patata. Esta lista de cabros tomistas, la integran: Francisco "Wachiturro" Carrasco, Tania Rosselot, Simón Ojeda, Pancho Gaete y Gonzalo Armijo (Armijito).
La Lista B se llama "CDU, Atrévete a Pensar Diferente", un grupete de fachos prepotentes financiados por el inútil de Carlos Larraín y su manga de subversivos de RN, en donde la plaplipla y las mentiras son su norte, tanto o más que cagar a Chile. Esta lista de maracuyás, la integran Cata Meza, Pipe Serey, Gonzalito Méndez, Tanza Ibaceta y el Pancho "Calzón de Maraca" Gutiérrez.
La Lista C se llama "Nueva Izquierda Universitaria", un grupete que entra listito para renovar la ñurda y quieren sacarse los pillos. Este grupete lo integran: Cristóbal "Turrón" Lagos, Alonso Román, Daniel "Andrea Dellacasa" Díaz, Eduardo "Gohan" Armstrong y Valentina "Maca Venegas" Chávez.
La Lista D se llama "NACE"..., y está integrada por concertas que aún no saben ni pa'onde va el Transantiago en la Casa de Papi Bello. Este quinteto de pobres weones, lo integran: Braulio "Basilio" Palma, Jorge Valdeverde, Valeria Abiuso, Felipe "Adriana" Barrientos y la Valeskita D'Arcangeli.
La Lista E se llama "Abran Paso A La Lucha"..., un grupete de angustiados que se las dan de troskos, pero que cuando van a las marchas, no le tienen miedo a sacarles la cresta a los pacos. Este piño lo conforman: Fabián Puelma, Vanessa Latorre, Gabriel Muñoz, Dante Yobane y Valeria Yáñez.
La Lista F se llama "Creando Izquierda", un grupo de autónomos que están dispuestos a hacerles el peso a los rabanitos para así competirle de igual a igual a la Cami Vallejo y a los jotosos. Se juegan sus cartuchos en este piño: Gabriel "Patagón" Boriç, Andrés "Marco Antonio Solís" Fielbaum, Conty Martínez, Pablo Soto y Danae Sinclaire.
La Lista H se llama "La Chile para Todos, la Solución es Naranja", una sarta de fachos financiados por la UDI, y que se asustan cuando se toman su partido, antes de llamar a Labbé. El funesto grupete de naranjas pasadas a mandarina, lo integran: Ambrosio Yobánolo, Pipe Bravo, Claudio Ñúñez, Mario Díaz y la Pía McKenzie.
La Lista I se llama "Luchar creando Universidad Popular", un grupete de descartados que llevan como bandera de lucha la Chile sin lucro (eso creemos), pero que se caen redonditos. Este grupillo lo forman: Pipe Ramírez, Pepe Reyes, Valentinita Olivares, Gael Fernanda Yeomans y Eduardito Flores.
Y para cerrar esta parte, vamos a la Lista J llamada "Izquierda Estudiantil", que no es más que los jotosos, seres que son repugnantes para los fachos de mierda, piñatas para la Concerta y, hasta manitos de hacha para el resto. En esta lista, la Cami Vallejo se repostula para mandar la base, acompañada del Pepe Mañungo Morales, el Nico Bohme, la Maca Valdés y Julio "Florcita Motuda" Maturana.

CONSEJEROS FECH:

En la FAU se postulan los conchalepas-conchalepas Cristóbal Urbano, Pablo Marchant, Paz Salcedo, Alejandra Decap, Sebastián Suárez, Jorge Vásquez, Lucho Contreras, Pablo Bustamante, Pancho Rojas, Fernando Quintana y la Valentina Saavedra. En Derecholandia se postulan Omar Astorga, Pancho Flores, Nacho Socías, Caco Sharp, Leo Jofré, Sorayita Giglio, Manuel Frei, Cony Schonhaut, Pancho Bustos y Esteban Serey. En la desfederada FEN se postulan el Ismadel Díaz, César Ugalde, Arturito González, Eduardo Salomón, Diego Calderón, Valentina Toro, Yerko Retamal y Javiera Petersen.

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sábado, 19 de noviembre de 2011

EL BAUTIZAZO.(SEGUNDA PARTE).

Tras lo sucedido con los cinco dolcevitos, Chilito los empezaba ya a sepultar por ese pastelazo tan ordaca, que al día siguiente nadie estaba para escuchar sus estúpidos descargos. Esos descargos llegaron de parte de cuatro de los cinco pasteles (Vidal se fue rajado pa' Italia), y ya nadie se sorprendía de las palabrotas que estos pobres animales iban a decir en conferencia de prensa.
El primero de los piscoleros, fue el "Palmatoria" Beausejour, el cual descaseteó que, si bien reconocieron que llegaron cuarenta y cinco minutos tardeli a la concentración y, que andaban arriba de la pelota, desmintieron que los más lúcidos como "Chupete" Suazo, Alexis Sánchez, Bravo y el Gary, les andaban aforrando un arsenal de cachamales al momento de que los echaron de las piezas. El "Mago" Valdivia, se las emprendió contra el "Bichi" Borghi y lo acusó hasta de mitómano. Los otros dos involucrados, haciéndose los santurrones en el Sifup.
Carlitos Soto, presi del Sifup, les prestó ropa a los pasteles, mientras que los apóstoles de la prensa andaban terrible de pasmados y, sin creerles nada de nada. Borghi ni los pescó y partieron con los cinco recien incorporados al aeropuerto para volar a Montevideo y enfrentarse a los yoruguas, que son los mejores del continente sudaca.
La tarde del 11 de Noviembre a Todo Cachete en el mítico "Centenario", las cosas no partieron bien, porque el "Alerzi" se lesionó de entradita, haciendo que el Mati Campos Toro ingresara de apuro. Tras 41 minutos buenos y tranquilitos para la Roja, llegó el principio del desastre, con dos condoros defensivos en cuatro minutos, bien aprovechados por Luisito Suárez, que no hizo otra cosa que mandársela guardar a Bravo.
Y si creen que la pesadilla no llegaba, se equivocan todos..., porque el Luisito Suárez los siguió vacunando por completo, decretando los cuatro pepinos que nos hicieron. Cuatro a cero para los choripanes, y todo por culpa de los cinco pastelitos.
Finalmente, la Roja se recuperó ante los paraguas en el Nacional, pero Vidal terminó pidiendo perdón.

¡¡TAN TAN!!.

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jueves, 17 de noviembre de 2011

LOS ATLETAS DE LA RISA MARAKA




Muérase de la risa con el Pato Mejías, el Chino y el Guatón, un trío humorístico que deja la mansaca a garabato limpio desde hace años en el Paseo Ahumada. Esta es una versión de un tema de "Los Picantes".

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martes, 15 de noviembre de 2011

DERECHOLANDIA SE MUERE DE CED 2011 (2)

Ya que las clases volvieron a la Mole de Pío Ñoño, la masa leguleya entró a sacarle lustre a una de las tantas votaciones ocurridas en toda la historia del CED. Cuatro listas de cinco loquillos cada uno, 21 candidaturris a Delegados Académicos, 38 candidatos a Transversalitos, 5 candidatos al Consejo de Escuela y 3 candidatos al Consejo de Facultad, se enfrentaron en una de las luchas electorales más electrizantes y prolongadas en la historia leguleya.
Partimos con los Representantes Académicos, donde entre los Mechones se ganaron su escaño los conchalepas-conchalepas Alexis Matthieu y Tomás Jaeger, los cuales dejaron sin pan ni pedazo a sus contrincantes Mariana Jorquera, Isidora Palma y Pía Muñoz. En la Generación del Terremoto, salieron electos los angustiados "Pepe" Acevedo y la interrogante entre la Cristi Durán y el Juampi Ciudad, claro que la Pancha Lobos se fue cortina (la Cony Lavanderos se fue cascando por secretaría). En la Generación de la Toma, salieron electos el Boris Castro y el Daniel Morales, mientras que se fueron cortados la Vika Díaz y el Julio Ramírez. En la Generación 2008, Pedrito Bravo sacó la más alta mayoría entre todos los candidatos (46%), siendo elegido para las Asambleas junto a Alan Ruckert, dejando chupeguata al Ariel De la Maza. Y en la Generación "Fundación Las Rosas", salieron listos pa' la foteli Pablo Viollier y Pancho Jara, mandando pa' la casandra a la Diamela Pumarino y al jotoso del Diego Monares.
En los Transversalitos, salieron electos Jaime Labra, Gerardo Contreras, Jaime "Santa Cruz" Muñoz, Carlita Mix, María de la Luz Daniel, Susana Méndez, Manolo Escobar, Javier Gallegos, Koke Mera, Isaías Urzúa, Rorro Fecci, Nico Rendón, Mirko Villarroel, Joaco Araneda, Eduardo Paredes, Álvaro Araneda, Nico Osorio, Marcelo Araya, Daphne Castillo y Fernando Pino, los cuales mandaron pa' la jaus a los conchalepas-conchalepas Jorge Caperán, Mario Tapia, Diego Fuenzalida, Marcos Vargas, Diego Rochow, Alejandra Corvalán, Sergio Faúndez, Moisés Jáuregui, Gonzalo Guajardo, Josefa Contreras, Pablo Bórquez, Pancho Artigas, Koke Rodríguez, Franco Rossi, Pancho Flores, Nico López, Roberto Álamos y el Benja León.
Para el cargo de Consejeros de Escuela, salieron saltando en una patuleca los wachiturros Miguel Grez y Javier Pineda, dejando abajo del Transantiago a los angustiados Tomás Letturia, Matías Ponce y Camila Miranda.
Y para cerrar la parte de las candidaturas representativas, quedaron para el Consejo de Facultad el Pipe Larenas y la Mariana Garay, los cuales dejaron comiendo cazuela de barro a la Patty Araya.
Ahora, vamos a lo que nos interesa..., porque en la primera vuelta salieron los Concerta y el colectivo "Creando Izquierda y Romanescu", que al final terminaron ganando en segunda vuelta. Por lo tanto, la nueva Directiva del CED 2011-2012, tendrá a Esteban Miranda como guaripola, dejando como Vice al Seba Aylwin, como secre general al Chago García, como secre de Gestión y Comunicaciones a la Dani Sanheza y, como secre de Bienestar al Diego Villas.


Centro Estudiantes de Derecho

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viernes, 11 de noviembre de 2011

EL BAUTIZAZO.(PRIMERA PARTE).

La historia de la Roja, está llena de altibajos, sea dentro o fuera de las pastosas. Claro, si lo que más destaca, es por la indisciplina, esa que desde 1957 se viene arrastrando, con jugadores que andaban en los malones carreteando, siendo marginados al toque.
Ya a partir del 2000, los pastelazos empezaron a hacer nata, primero cuando se desencadenó el "Cucutazo", donde pillaron a varios peloteritos rogelios con mujerzuelas en sus habitaciones, lo que dejó la mansaca en el ambiente, con el veto a la prensa del "Bam Bam" Zamorano y, la paupérrima campaña en las Eliminatorias para Corea-Japón 2002. La Roja terminó chupeguata por jugar como las huifas todo el proceso, sacando solamente 13 horribles puntetes, de un total de 54 puntarelis posibles.
Al año siguiente, cuando el "Negro" Pinto y sus muñecos de la Sub-20 se preparaban para el Mundial de esa categoría en Cachetonlandia y, se aprestaban a alojar allato enallato en las Mendozas, Jaime "Pajarito" Valdés y sus compipas, se fueron a cufifear a un prostíbulo de la calle Mac-Iver, alegando que vieron luces rogelias y terminaron haciendo cachitas varias con las tetonas buenas pa' tirarse un paso, cosa que redundó luego en un papelón de la Sub 20 de ese año.
Saltamos al 2006 con el "Dublinazo", donde el Pelón Acosta pilló a tres mujerzuelas agarrandoles el niño a varios futbolistas en un hotel de Dublin -capital de Irlanda del Sur-. Ahí cayeron el "Choro" Navia, Mark González, el "Kike" Acuña y el "Potencia" Vargas. En ese episodio, los peloteros cuestionados andaban haciéndose los galanes con las minocas que les ofrecían bebidas, copetes y hasta el pleistéichon erótico.
Al año siguiente, el recordado "Ordacazo", que lo pusimos en este Blog hace cuatro años atrás. Ese hecho ocurrido en la Copa América de Chavezlandia 2007 y, más precisamente en la ciudad venezolana de Puerto Ordaz -precisamente en el Hotel Mara Inn la madrugada del 5 de Julio Monumental de ese año-, fue tan vergonzoso, que los peloteros Jorge Valdivia, Jorge Vargas, Reinaldo Navia, Álvaro Ormeño, Rodrigo Tello y Pablo Contreras, se tiraban jamón con mermelada de alcayotas en la cara, andaban cufifos y con la mamadera larga, pateaban puertas y mamparas, y hasta dejaban a las camareras hechas mierda. Como resultado, veinte partidos de suspensión para los involucrados y, Acosta que se fue pa' la casandra, tras la mansa tolola que los brasucas les aforraron dos días después.
El "Loco" Bielsa, ha impuesto una rígida disciplina en los jugadores durante los cuatro años y medio que dirigió a la Roja, con resultados históricos y un Mundial. Con el "Bichi" Borghi en cambio, lamentablemente la indisciplina ha vuelto, producto de la codicia de un grupo de peloteros que se llenan tanto los bolsillos con plata fácil de las Uropas y, porque se creen los más chorizos, que confunden abiertamente el profesionalismo con la jarana, como pasaba en algunos años con Mauricio Pinilla. Y todo partió en el Tavelli de Manuel Montt, donde el "Mago" Valdivia y el "Palmatoria" Beausejour se fueron a desayunar y fueron acusados de haberse pasado pa' la punta..., hasta que empezaron las Eliminatorias para Garotolandia 2014 y el 4-1 que nos aforraron en Bifelandia.
Pero el tema al que nos vamos a abocar hoy por hoy, es el tema del "Bautizazo", un hecho que está causando un revuelo tan grande, que hasta en los cocidos faranduleros se pela de lo lindo.
Loree. Eran las tres de la tarde de ese martes 8 de Noviembre a Todo Cachete, cuando el "Mago" Valdivia y Daniela Aránguiz empezaban a firmar la paz ante la mirada del Pulento en la Iglesia Rectoral de la Sagrada Familia, lugar donde la Dani lo perdonó y, donde bautizaron al hijo menor de la pareja.
Al "Mago" solo le prestaron ropa sus compipas de la Roja Jean Beausejour, Arturito Vidal, Carlitos Carmona y Gonzalo Jara, sino que llegaron a la ceremonia para apuntalarlo los tambien rogelios Pablito Contreras, Esteban Paredes y el PF Hernán Torres. También llegaron a dicha ceremonia bacanes de la farándula chilensis, como el cantante Rigeo -hermano de la Dani-, Claudio "Chanchulín" Valdivia -hermano del mascachicle y, la exquisita danzarina "Blanquita Nieves", entre otros top del jet set.
Hasta allí todo iba muy bien con el cotelé del crá. Pero después de bañar al niño con agua del Pulento, a los invitados les bajó la sed por celebrar, incluso cuando Américo se puso a cantar en vivo. Después de la bendición divina, los invitados se fueron rajados a la casandra del "Mago", ubicada en un condominio paltón de Lo Barnechea, lugar donde los muñecos se dejaron llevar por la sangre de Cristo, entre otros brebajes pa' vacilar que al "Mago" le perdonaron las fotelis de la infidelidad con una garotinha. Y el coro monumental lo canta así, así, así, así, así...

"¡¡Y QUE NO ME DIGAN EN LA ESQUINA... ¡¡EL VENAO, EL VENAO...!!!!".

A las siete de la tarde, el "Visogol" y Pablito Contreras, junto al Nano Torres, lorearon el reloj y cacharon que debían rajar altiro a Juan Pinto Durán para ser citados por el "Bichi" Borghi a la concentración previa a la mocha contra los uruguayos en Montevideo. La citación era a las diez de la noche, pero el quinteto de piscoleros (perdón, quise decir peloteros) ya andaba arriba de la pelota. Ahí pasó que mientras unos sabandijas juraban que el "Mago" con Beausejour, Vidal, Jara y Carmona se cayeron al frasco en la casa del titiritero del Palmeiras, otros engrupen que el piño de ovejas descarriadas se viró a seguir la fiestoca en el Club Hípico, donde el "Celia Punk" inauguraba su nuevo corral. Según los más peladores, a los enfiestados se les ocurrió hacer un carrete express para terminar con el jus chupandi metido en el güergüero. Y el coro monumental lo canta así, así, así, así, así...

"¡Y FIESTA Y FIESTA, QUE SIGA LA FIESTA. ¡VAMO' A DARLE FIESTA ESTA NOCHE HASTA QUE AMANEZCA...!!!".

Y ahí habría avanzado el reloj hasta el punto en que, casi sin darse cuenta, la hora pilló a los angelitos, por lo que rajaron en un solo tocomocho a Pinto Durán, lugar donde el resto de los seleccionados ya estaba cenando junto al "Guatón Parrillero". Después de que el resto terminara de cenar, a las 22:45 horas llegaron los perlas así de atrasados y así de cufifos, metiéndose derechito a sus piezas. A las 23:15 horas, el "Bichi" se mete a las piezas de los jugadores y cacha que los cinco fantásticos están en un estado "inadecuado" y que en esas condiciones "no pueden defenderse". Llama al Nano Torres, entran enyegüecidos y les aforra una feroz y monumental PLR de la concentración. A la medianoche, Borghi se reune en su oficina con Claudio Bravo, Pablo Contreras y Waldo Ponce, los cuales están de acuerdo con el lumazo parrilero. Esa onda compadre.
Mientras algunos compañeros agarraron la durma al toque, a la media hora después de la medianoche aparecieron en escena el "Chupete" Suazo y Alexis Sánchez para entrar a la pieza junto a Bravo y encarar a los jaraneros. Incluso se habla de que Waldini Ponce, Contreras y Miguelito Pinto también arremetieron con la luma.
"Si quieres huevear, anda y huevea, pero hazlo afuera y no en la Selección", fue la bombita que le aforró el capi de la Roja, mirando directamente a los ojos de Vidal que, afirmado en el hipo, lejos de agachar el mohicano, se dio el lujo de empujar a sus acusadores directos, aunque no llegaron a los combos. Ahí entra el "Alerzi", quien se fue en la más madura y, sin pelos en la lengua les tiró a los cinco pasteles. "¡¡Váyanse y no vuelvan nunca más...!!!". El cabro culé estaba hecho una furia, pero no más que Gary Medel, que se sumó a la discusión y, en su estilo ofreció coscachos, repitiendo una y mil veces "¡Qué tanto los borrachos!. ¡Qué tanto los borrachos!"
¿Y los jaraneros?. Uno reventó llorando como guagua recién nacida, mientras el resto no quiso abrir el tarro pa' no precisamente abrir el buqué de botiquín, sino porque símplemente no tenían excusas. Fue ahí que intervino el Chupete Suazo, que sde las tiró sin anestesia diciendo que "uno se saca la cresta por estar acá y Ustedes andan hueveando. Tengo a mi mamá enferma e igual estoy acá...!". Y Chupete tenía razón, porque no aprovechó la tarde libre y se lo pasó encerradito en la concentración. Un ejemplo. No pasaron quince minutos, cuando el Parrillero se reune con el directorio de la ANFP encabezado por Sergio Jadue y les informa de los hechos ocurridos, recibiendo de vuelta el respaldo a la medida tomada. A las cuatro de la mañana, el Guatón Parrillero y sus boys, se desvelan terminando de elaborar los informes que van a los clubes Palmeiras, Juventus, Atalanta, Birmingham y el equipo british en que juega Jarita. El informe indica que los cinco jaraneros fueron marginados de la Roja, por lo que los perlas tendrán que pedirles explicaciones a sus jefachos. Y el coro monumental lo canta así, así, así, así, así...

"¡¿AY A QUÉ HORA?... ¡A LAS CUATRO' E LA MAÑANA, SI SEÑORA...!!".

Faltando quince minutos para las nueve de la madrugada, las redes sociales reventaron a más no poder con el tema de los dolcevitos que se cayeron al frasco y terminaron descharchetados de "Tinto Durán". En Twitter, entraron los más conspícuos como Fernando Paulsen, quien afirmó que con Stefan Kramer en la Roja, andaríamos ganando todas las mochas. Y los periodistas deportivos los reventaron sin misericordia.
Ya a las nueve en punto, el Bichi se saca los bistecs y llama de emergencia al chuncho Pepe Rojas y a los paltones Feña Meneses, Francisco "Gato" Silva, Pipe Gutiérrez y el Milo Miroseviç. Justo pa'l cañonazo del Santa Lucía, los cocidos faranduleros tambien se sumaron a la chimuchina, reventando tupido y parejo a los piscoleros. Cuarenta minutos después, el Guatón Parrillero se manda una conferencia de prensa que no dejó lugar a dudas entre los apóstoles de la prensa, los cuales no paraban de sacarle el jugo a la parrilla mecánica de Borghi. Otros cuarenta minutos más tarde, en Quilín, el Directorio se reune para chupetear que ellos no van a sancionar a los pobres infelices que se mandaron el pastelazo del año, sino que lo tendrá que hacer el Tribunal de Disciplina. A todo eso, el "Jeque" Jadue no se guardó nada bajo la túnica y, descaseteó que los involucrados terminarán con hasta 50 mochas sin jugar en la Selección (Valdivia arriesga perpetua). ¡Toma!.
A las dos de la tarde, Valdivia junto a Carmona, Jara y Beausejour, se van al manyete almorzando sushi en un restorán de Vitacura, mientras que el "Celia" se manda a cambiar a Italia. Y cerramos la primera parte de esta cuña, a eso de las siete de la tarde del miércoles 9 en Pinto Durán, lugar donde se juntan los seleccionados en compañía de los cinco incorporados de emergencia.
De esta manguera, la carrera de los cinco pastelitos, se les comienza a ir a las pailas por andar con la mamadera larga, llegar atrasado a la concentración con la media garrafa y terminar haciendo mierda a todo un país. Y el coro monumental lo canta así, así, así, así, así...

"¡QUE SE MUERAN LOS FEOS..., QUE SE MUERAN LOS FEOS... ¡QUE SE MUERAN TODITOS, TODITOS, TODITOS, TODITOS LOS FEOS QUE SE MUERAN...!!".


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REGLAMENTO DE CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DECHILE.


NORMAS GENERALES

Artículo 1º

El presente reglamento regula la responsabilidad disciplina­ria de los estudiantes de la Universidad de Chile con el objeto de resguardar la convivencia interna, el desenvolvimiento de las actividades de la Universidad y el prestigio e integridad de la misma.

Para los efectos del presente Reglamento se entenderá que son estudiantes de la Universidad de Chile quienes, cumpliendo con los requisitos necesarios para proseguir estudios universita­rios, hayan sido seleccionados de acuerdo con los sistemas esta­blecidos en la Corporación; hayan formalizado su matrícula y efectúen en ella estudios conducentes a la obtención de un título profesional, grado académico, certificado o diploma.

Artículo 2º.

Los estudiantes estarán sujetos a este Reglamento en todos los lugares que la Universidad institucionalmente, o miembros de la comunidad universitaria en cuanto tales, ocupe o utilice.

Para la aplicación del presente Reglamento en situaciones ocurridas fuera de los lugares antes señalados, se requerirá que el estudiante haya sido procesado o imputado por el respectivo Juez del Crimen por la comisión de hechos constitutivos de delito relacionados con el incumplimiento de las normas que se señalan en el artículo 6º de este cuerpo reglamentario.

Artículo 3º.

La responsabilidad disciplinaria de los estudiantes sólo podrá hacerse efectiva mediante la aplicación del procedimiento y de las sanciones establecidas en este Reglamento, garantizándose siempre el derecho a la defensa y al debido proceso.

Artículo 4º.

Para los efectos de este Reglamento constituye infracción todo comportamiento que importe trasgresión a los deberes establecidos en su artículo 5º y la realización de las conductas descritas en el segundo acápite del mismo artículo.

Las contravenciones relativas a exigencias curriculares no constituyen infracción universitaria, a menos que se pruebe la intención positiva de cometer fraude con ellas.

Artículo 5º.

Los estudiantes de la Universidad de Chile, en relación a su responsabilidad disciplinaria, tendrán los siguientes deberes, cuya inobservancia constituye infracción:

1) Respetar a todos los integrantes de la comunidad universitaria.

2) Preservar el prestigio integral de la Universidad.

3) Conservar el patrimonio de la Universidad.

Constituirán infracciones especialmente graves las siguientes acciones:

a) Incitar a cometer actos de violencia o intimidación en contra de miembros de la comunidad universitaria o contra personas ajenas a ella, desde o dentro de recintos universitarios y cualquier otra conducta violenta que produzca alteración de la normal convi­vencia universitaria como, por ejemplo, retener o impedir la libre circulación o desplazamiento dentro de los recintos universitarios de cualquier miembro de la comunidad universitaria o de cualquier persona autorizada para circular en ellos;

b) Cometer fraudes en exámenes, controles u otras actividades académicas;

c) Expresarse públicamente en forma injuriosa o calumniosa de cualquier miembro de la comunidad universitaria.

d) Promover o facilitar el ingreso de personas ajenas a recintos y lugares universitarios, cuando ello produzca una alteración de la normal convivencia universitaria;

e) Ser imputados o procesados por hechos constitutivos de delitos comunes y sólo cuando éstos incidan negativamente en la imagen de la Corporación o en el adecuado desenvolvimiento de sus actividades.

f) Consumir reiteradamente, distribuir o proporcionar estupefacientes o sustancias psicotrópicas en recintos universitarios o en lugares que la Universidad ocupe o utilice.

g) Consumir reiteradamente, distribuir o proporcionar bebidas alcohólicas en recintos universitarios o en lugares que la Universidad ocupe o utilice, cuando no exista autorización para ello.

DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 6º.

El incumplimiento de los deberes y las infracciones precedentemente indicadas darán lugar a una investigación sumaria que tendrá por objeto establecer los hechos, sus circunstancias, la participación del inculpado y la sanción que corresponda.

Artículo 7º.

Tan pronto se tenga conocimiento que un estudiante ha incurrido en un hecho que importe o pueda importar una infracción universitaria, el Vicerrector de Asuntos Académicos o el correspondiente Decano o el Director del Instituto, según el caso, deberá disponer la instrucción de la investigación sumaria.

Si los estudiantes implicados en un hecho contravencional pertenecieren a distintas Facultades o Institutos, será competente para disponer la investigación sumaria el Decano o el Director de Instituto al cual correspondiere conocer en razón del lugar en que se cometió el hecho.

Si la infracción se cometiera en otro lugar, que exceda o sea ajeno a determinada unidad académica, podrá disponer la investigación cualquiera de las autoridades mencionadas en el inciso primero de este artículo.

Artículo 8º

La resolución que ordena instruir una investigación sumaria designará el académico encargado de la investigación, la que deberá ser comunicada dentro de las 24 horas al Vicerrector de Asuntos Académicos y, para su registro, al Contralor de la Universidad. En la misma resolución, la autoridad que ordenó instruir la investigación, podrá disponer la medida de suspensión preventiva en casos particularmente graves. Dicha medida podrá ser mantenida o dejada sin efecto por el Investigador, mediante resolución fundada, en cualquier momento.

Según la gravedad y circunstancias del hecho, y a requerimiento de la autoridad académica correspondiente, el Vicerrector de Asuntos Académicos podrá disponer que el Investigador sea abogado, designándolo Investigador al efecto, quedando sin vigencia el primitivo nombramiento.

Artículo 9º

El expediente se llevará foliado correlativamente en letras y números y se formará con todas las declaraciones, actuaciones, diligencias y documentos que se acompañen, en orden cronológico.

Artículo 10.

Una vez notificado el Investigador de la resolución a que se refiere el artículo 8º, designará un funcionario, académico o administrativo, para que se desempeñe como Ac­tuario o Ministro de Fe. Para los efectos de agilizar la investigación y garantizar al Investigador y al Actuario el tiempo disponible suficiente, se hará cuenta que ambos se encuentran en comisión de servicio hasta el término de la instrucción de la investigación sumaria.

Artículo 11.

Una vez aceptado el cargo por el Investigador y designado el Actuario, se practicarán las diligencias indagatorias necesarias para establecer la efectividad de los hechos, sus circunstancias, la participación del o los estudiantes y su responsabilidad.

Cuando la investigación esté referida a estudiantes determinados, la primera diligencia del procedimiento será la notificación personal o por carta certificada al afectado en el domicilio que tenga registrado en su ficha personal, citándolo a una audiencia que se celebrará el quinto día hábil contado desde la notificación. Si fueren varios los involucrados, podrá fijarse más de una audiencia, las que se verificarán en los días hábiles siguientes a la primera, estableciéndose el orden en que los estudiantes deberán concurrir.

La citación deberá señalar los hechos materia de la investigación y la participación que se atribuye al estudiante.

Artículo 12.

Tratándose de las infracciones especialmente graves señaladas en el artículo 5º de este Reglamento, el Investigador podrá decretar la suspensión preventiva del estudiante, a partir del momento que lo estime necesario. Igual medida podrá adoptar, en los mismos casos, respecto de nuevos implicados en la investigación.

La medida preventiva de suspensión consiste en la marginación temporal del estudiante, durante la tramitación del procedimiento, de toda actividad académica y, eventualmente, podrá conllevar la prohibición de ingreso a recintos universitarios.

Si, por error, el estudiante realizare alguna actividad aca­démica durante la suspensión preventiva, ella será nula, a menos que el estudiante sea absuelto o sobreseído.

Artículo 13.

La medida de suspensión preventiva surtirá sus efectos desde el momento en que fuere notificada a los afectados, personalmente o por carta certificada, y cesará en cualquier momento del procedimiento cuando el Investigador así lo disponga, no pudiendo exceder la duración del mismo, notificándosele de dicha cesación de la misma manera.

El período de suspensión preventiva se imputará a la medida disciplinaria de suspensión.

Artículo 14.

Cuando el estudiante haya sido suspendido preventivamente de sus actividades académicas y resultare absuelto o sobreseído, la autoridad universitaria que dispuso la investigación arbitrará las medidas para que normalice su actividad académica, velando por la reparación de aquellos perjuicios académicos causados con ocasión del procedimiento.

Artículo 15.

En la primera audiencia o dentro del segundo día de apercibidos para el objeto, el o los estudiantes, deberán fijar domicilio. Si no se diere cumplimiento a esta obligación, se harán las notificaciones por carta certificada al domicilio registrado en la respectiva ficha personal.

Artículo 16.

En la primera audiencia el Investigador comunicará al estudiante los motivos de su citación, le indicará los derechos que le asisten de conformidad con el presente Reglamento, y procederá a interrogarlo en relación a los hechos y circunstancias materia de la investigación.

Artículo 17.

En caso de impedimento grave del citado para concurrir personalmente a la audiencia, calificado por el Investigador, se suspenderá aquélla y se fijará nuevo día y hora para efectuarla, dentro del plazo más breve que sea posible.

Si no concurre a la nueva audiencia, injustificadamente, el Investigador dispondrá la prosecución de la investigación en su ausencia.

Artículo 18.

Las implicancias o recusaciones que se planteen en contra del Investigador deberán ser fundadas y serán resueltas, sin ulterior recurso, por la autoridad que dispuso la investigación fundadamente, dentro de las 24 horas siguientes. En caso de ser acogidas deberá designar de inmediato un nuevo Investigador. Tratándose de inhabilidades planteadas en contra del Actuario, resolverá en los mismos términos el Investigador.

Se considerarán causales de implicancia y recusación para los efectos de lo señalado en el inciso anterior, las siguientes:

a) Tener el Investigador o el Actuario interés directo o indirecto en los hechos que se investigan;

b) Tener amistad o enemistad manifiestas con cualquiera de los estudiantes implicados o personas afectadas.

c) Tener parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado y de afinidad hasta el segundo, inclusives, o de adopción con alguno de los estudiantes implicados o personas afectadas.

Artículo 19.

El Investigador deberá disponer las medidas y diligencias que estime pertinentes y más idóneas para agotar la investigación en el plazo más breve.

La investigación de los hechos deberá realizarse en el plazo de veinte días, contados desde la primera audiencia, al término de los cuales se declarará cerrada la investigación y se formularán cargos al o los estudiantes o se solicitará el sobreseimiento, para lo cual habrá un plazo de tres días.

En caso de proponerse sobreseimiento, la autoridad que ordenó instruir la investigación sumaria podrá confirmarlo o disponer la reapertura de la investigación y, si lo estimare conveniente, también la realización de determinadas diligencias.

En casos calificados se podrá prorrogar el plazo de instrucción de la investigación hasta completar cuarenta días, resolviendo sobre ello la autoridad que dispuso la investigación.

Artículo 20.

La resolución que formule cargos se notificará al estudiante personalmente o por carta certificada, dirigida a su domicilio.

Artículo 21.

Una vez notificado de los cargos, el estudiante tendrá el plazo de cinco días, contados desde la fecha de esa notificación, para presentar sus descargos y defensas y solicitar o presentar pruebas. En casos debidamente calificados, podrá prorrogarse este plazo por otros tres días, siempre que la prórroga haya sido solicitada antes del vencimiento del plazo.

Si el estudiante solicitare rendir prueba, el Investigador señalará plazo para tal efecto, el que no podrá ser de menos de cinco días ni de más de diez.

Artículo 22.

La falta de colaboración injustificada del o los implicados en la substanciación de la investigación podrá ser considerada por el Investigador al proponer la sanción.

Artículo 23.

Contestados los cargos o vencido el término para hacerlo, o transcurrido el período probatorio fijado, el Investigador emitirá, dentro de tres días, un informe en el cual propondrá la absolución o sanción que a su juicio corresponda aplicar.

Dicho informe o vista, deberá contener la individualización del o los inculpados; la relación de los hechos investigados; la infracción imputada en los términos del artículo 5º de este Reglamento; la forma como se ha llegado a comprobarlos; la participación que en ellos cupo a los estudiantes y la responsabilidad que les corresponde, consideradas las circunstancias que la atenúan o agravan. Asimismo deberá proponerse a la autoridad que dispuso instruir la investigación sumaria, las sanciones que se estimaren procedentes o la absolución.

Tan pronto como se advierta que los hechos investigados revistieren caracteres de delito, se hará la denuncia respectiva a la autoridad competente, lo que no producirá efecto alguno en el avance de la investigación.

Artículo 24.

Una vez recibido el expediente por la autoridad que ordenó instruir la investigación, ésta dispondrá la notificación del informe del Investigador al o los estudiantes para los efectos de que formulen las observaciones que estimen conve­nientes en el plazo de 5 días, contado desde dicha notifica­ción.

Una vez vencido el plazo señalado en el inciso precedente, se hayan o no formulado observaciones, la autoridad dispondrá de un plazo de cinco días para pronunciar el fallo o disponer la realización de otras diligencias, fijando un plazo prudencial para las mismas, el que no podrá exceder de cinco días, vencido el cual se emitirá el fallo.

Artículo 25.

El procedimiento concluirá con la dictación de la resolución fundada que sobresea, absuelva o aplique alguna medida disciplinaria de las indicadas en el artículo 26 de este Reglamento.

En sus fundamentos dicha resolución deberá considerar, con ecuanimidad, todas las circunstancias que configuran la responsabilidad del estudiante o la excusan, la atenúan o la agravan.

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y RECURSOS

Artículo 26.

Según la gravedad de las infracciones de que se trate será aplicable, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de este Reglamento, alguna de las siguientes medidas disciplinarias:

a) Censura por escrito.

b) Suspensión de actividades universitarias.

c) Expulsión.

Artículo 27

La censura por escrito es la reprensión formal que se hace a un estudiante y de la cual se dejará constancia en su ficha académica.

La suspensión consiste en la marginación de un estudiante de todas las actividades de la carrera o programa a que pertenece, por un período que podrá fluctuar entre quince días y seis semestres o tres años académicos, según corresponda.

La expulsión producirá el efecto de marginar al estudiante de todas las actividades universitarias definitivamente.

Artículo 28.

En contra de la resolución que ordene aplicar una sanción, procederán los siguientes recursos:

a) De reposición, ante la misma autoridad que la hubiere dictado, y

b) De apelación para ante el Prorrector.

Los recursos deberán ser fundados e interponerse en el plazo de cinco días, contados desde la notificación de la resolución que aplique la medida disciplinaria o que rechace el recurso de reposición, según el caso.

Esta autoridad, al recibirlos, estampará en ellos día y hora de recepción y, en caso de ser procedente y haberse presentado dentro de plazo, declarará admisible el recurso.

El recurso de reposición deberá ser fallado en el plazo de tres días. En el caso de ser rechazado, y de haberse interpuesto apelación se elevarán de inmediato los autos al Prorrector.

Artículo 29.

Una vez recibido por el Prorrector el expediente sumarial, dispondrá de un plazo de quince días para pronunciar fallo, salvo que estime necesario ordenar que se corrijan los vicios esenciales de procedimiento que advirtiere disponiendo e indi­cando, clara y precisamente, los trámites a efectuar y el plazo que se confiere para su diligenciamiento.

Una vez dictado el fallo respectivo por el Prorrector éste arbitrará las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de lo resuelto.

Artículo 30.

La Contraloría de la Universidad de Chile tendrá a su cargo el archivo del expediente sumarial, para lo cual deberá remitírsele éste oportunamente.

Artículo 31.

Todo fallo que afecte a un estudiante deberá ser comunicado a la Vicerrectoría de Asuntos Académicos por la autoridad que dictó la resolución correspondiente.

DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 32.

Los plazos establecidos en este Reglamento serán de días hábiles.

Artículo 33.

Las notificaciones que deban practicarse de acuerdo al presente Reglamento, se realizarán personalmente o por carta certificada enviada al domicilio del estudiante, determinado en conformidad al artículo 15.

Se entenderá practicada la notificación al tercer día, contado desde la fecha de recepción de la carta certificada por la Oficina de Correos correspondiente, fecha que deberá constar en el expediente agregando el respectivo comprobante de correos. Las notificaciones que deban efectuarse fuera del radio urbano de la ciudad en que se sigue la investigación, se entenderán practicadas al octavo día, desde la recepción de la carta en la Oficina de Correos.

Artículo 34.

Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por procedimiento el conjunto de gestiones, diligencias y resoluciones que se extienden desde la resolución que ordena instruir investigación hasta la fecha de la resolución que le da término.

Artículo 35.

Toda la comunidad universitaria deberá prestar la colaboración que le sea requerida por los investigadores y, cuando ello sea pertinente y necesario, también por los estudiantes sometidos a investigación.

Artículo 36.

El incumplimiento o cumplimiento deficiente de las funciones del Investigador, por causa no justificada, comprometerá su calificación o responsabilidad funcionaria, según corresponda, la que se hará efectiva conforme a las normas correspondientes.

Artículo 37.

En el caso en que un estudiante sometido a investiga­ción se retirare de su carrera o programa, abandonare los estudios o fuere eliminado por aplicación de una causal académica, estando pendiente el procedimiento iniciado, éste proseguirá, dejándose constancia en la ficha del estudiante de la resolución que le ponga término.

Artículo 38.

Derógase el D.U. Nº00119, de 15 de enero de 1986.

DISPOSICION TRANSITORIA

Artículo único

Los procesos sumariales que, a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento, se encuentren en tramitación se someterán a las nuevas disposiciones, sin perjuicio de las actuaciones realizadas en conformidad a la reglamentación anterior, todas las cuales subsistirán en lo que no fueren contrarias al presente cuerpo reglamentario.

NOTA: Modificación incluida en el texto.

  • Las menciones hechas a la Vicerrectoría Académica y Estudiantil fueron sustituidas por “Vicerrectoría de Asuntos Académicos y Estudiantiles”, en virtud de lo dispuesto en el D.U. Nº007733, de 1996.

  • Las menciones hechas a la "Vicerrectoría de Asuntos Académicos y Estudiantiles" y a su Vicerrector fueron sustituidas por "Vicerrectoría de Asuntos Académicos", y "Vicerrector de Asuntos Académicos", respectivamente, en virtud de lo dispuesto en el D.U. N°0012859, de 1998.

  • Se elimina la mención “Interdisciplinario” en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad de Chile, D.F.L. N°153, de 1981, modificado por el D.F.L. N°1, de 10 de marzo de 2006, del Ministerio de Educación.

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